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23 Febrero 2017 Publicado en Noticias Escrito por 

¿Qué actividades se pueden realizar durante la baja por incapacidad temporal?

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Una de las obligaciones que tiene el trabajador en situación de incapacidad temporal es no transgredir la buena fe contractual, principalmente no trabajar por cuenta propia o ajena ni realizar actividades que puedan calificarse como tal o perjudicar el proceso curativo, so pena de despido disciplinario y/o pérdida del derecho al subsidio (art. 175 LGSS).

Es decir, puede hacer todo aquello que no perturbe la recuperación y debe hacer todo aquello que la favorezca.

Visto así parece que los límites están claros. Ahora bien, la realidad demuestra que, en muchas ocasiones, la línea entre realizar una actividad incompatible o compatible con la incapacidad temporal no está tan clara. De hecho, hay que analizar caso a caso, si bien la jurisprudencia ha ido definiendo pautas que atienden principalmente a la duración y el carácter de la actividad que se realiza durante la baja médica. Así, se puede salir a la calle o hacer exámenes si la patología no obliga a estar en casa, ir a una fiesta dependiendo de la enfermedad o viajar si se está localizable.

 

JURISPRUDENCIA

NO se permite realizar las siguientes actividades durante la incapacidad temporal:

- Gestión y representación de las empresas familiares.

- Realizar actividades en el establecimiento de panadería-cafetería de una hija varios días, poniendo en peligro su recuperación y alargando la baja médica.

- Hacer de disc-jokey al menos durante tres horas en un local abierto al público, cuando su actividad habitual es la de vendedor y ambas actividades no tienen especiales requerimientos físicos ni comportan la necesidad de bipedestación continua. No es que esa actividad comprometa, perturbe o retrase la curación, pero sí acredita que el demandante también podía acometer su trabajo como vendedor de comercio.

- Trabajar como autónomo en los aspectos técnicos de la edición de una revista, adaptación del texto y trabajos accesorios, cuando se está de baja en la actividad por cuenta ajena de encargado de taller por ruptura traumática del supra-espinoso

- Desarrollar una actividad profesional consistente en atender a la clientela en el negocio familiar de prensa y chucherías.

- Salir repetidamente de fiesta en las fiestas de la localidad, durante al menos dos días, bebiendo de forma notable y mostrándose alegre y participativo, cuando se ha recomendado explícitamente el consumo moderado de alcohol.

- Actuar como vocalista de la orquesta en las fiestas, colaborando en el montaje y desmontaje del escenario, por ser tales actividades incompatibles con las dolencias, lo que evidencia una aptitud para el trabajo u obstaculización a su proceso de curación.

- Acudir a una playa concurrida y estar en pleno proceso de selección para obtener un permiso municipal de taxista, habiéndose presentado y superado las pruebas de conocimiento y psicotécnicas, con una baja por trastorno de ansiedad y depresión.

- Realizar prácticas formativas en horario nocturno contraproducente para recuperarse del trastorno mixto de ansiedad y depresión.

- Practicar deporte favorito participando en competiciones de alto nivel en situación de baja por depresión.

- Acudir de forma habitual y durante toda la jornada laboral a un centro de trabajo propiedad de una amiga, atendiendo a sus clientes en ausencia de la misma.

- Realizar actividades incompatibles con las dolencias, como se demuestra por las fotos y comentarios publicados en el muro de Facebook.

 

SI se permite realizar las siguientes actividades durante la situación de incapacidad temporal:

- Arbitrar un partido de fútbol incluso si tiene carácter retribuido, por su escasa trascendencia.

- Realizar una pequeña actividad como es realizar tareas de poda durante menos de tres horas.

- Realizar cierta actividad física a escasos días de que se produjera el alta: labores de limpieza de establecimiento, tirar desechos a la basura, realización de todo tipo de movimientos con total normalidad sin apreciarse ninguna molestia.

- Conducir su vehículo el trabajador que es conductor de camión y trabajar en el quiosco de su esposa vendiendo cupones, ya que tal actividad no está en desarmonía con el cuadro de ansiedad que padecía ni puede retardar su proceso de curación.

- Realizar actividades sindicales.

- Participar en las fiestas de la localidad, bailando y bebiendo, cuando la baja obedece a un trastorno de ansiedad.

- Subir al campanario a tocar las campanas en la fiesta local y cortar unas viñas durante dos horas cuando la causa de incapacidad temporal es flebitis y tromboflebitis.

- Hacer de pinchadiscos en una discoteca durante la madrugada cuando la causa de la incapacidad temporal es una depresión, al no suponer una actividad contraindicada y entorpecedora del proceso de curación o expresiva de capacidad para con su trabajo propio, dado que no consta probado que ingiriera bebidas alcohólicas, sino una distracción.

- Ayudar en las tareas de limpieza en el local propiedad de la sobrina de la trabajadora, durante cinco días en un periodo de dos meses durante su situación de incapacidad temporal por depresión.

- Tocar un instrumento musical y participar en pasacalles durante la incapacidad temporal por depresión.

- Colaborar como voluntario en una ONG.

 

 

 

Subvención

ENTIDAD PUBLICA CONCEDENTE: LABORA Servei Valencià d'Ocupació i Formació
IMPORTE 13.300
OBJETIVO conversión de 1 persona trabajadora por tiempo indefinido
BENEFICIARIO : CASTELLS SALOM ASSESSORS, S.L.

Contacto

Teléfono: 96 257 30 20

Email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Dirección: Colón 16, Guadassuar (Valencia)

Horario

Lunes-Jueves: 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00

Viernes: 9:00 a 14:00

Fines de semana: Cerrado

 

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